En vista de la diversidad y complejidad de casos diferentes que puede haber, las consultas sobre cittadinanza italiana no se hacen por teléfono, sírvase escribir a cittadinanza@cedenocarpio.net y dénos los detalles de su caso para asesorarlo o bien puede concertar una cita personal con nuestra Asesora de Cittadinanza italiana.

En cuanto a la Cittadinanza, nuestro trabajo consiste en asesorarlo desde el principio hasta el final, y podemos hacer para usted todo o parte del proceso según su disposición y conveniencia, desde la redacción de las solicitudes en idioma italiano, hasta la autenticación del pasaporte, solicitud, apostilla y traducción oficial de los documentos, e incluso si lo desea acompañarlo y asesorarlo a la entrevista en el consulado y presentar los documentos por usted donde sea necesario (notarile, cittadinzna o stato civile).

Escríbanos indicándonos cuál es exactamente su caso para asesorarlo en la elaboración de su expediente familiar, hacerle un presupuesto personalizado sin compromiso y si lo desea cuadrar una cita en nuestras oficinas con nuestro personal especializado en la materia. Nuestro presupuesto y nuestro trabajo son garantizados usted pagará sólo lo que indica el presupuesto.

Casos negativos :
Si su usted es hijo de matrimonio y su progenitor italiano no era italiano cuando usted nació por haber renunciado a la cittadinanza, usted sólo puede adquirir la nacionalidad viviendo durante al menos tres años consecutivos en Italia, su progenitor no puede transmitirle la nacionalidad pues no la tenía cuando usted nació. Por favor no insista, esta consulta no será respondida.

Si usted es “hijo natural” y su padre NO era italiano al momento de reconocerlo a usted como hijo, su padre NO puede transmitirle la nacionalidad, la única forma es que usted se mude a Italia y viva allá al menos tres años consecutivos. Por favor no insista, esta consulta no será respondida.

Estos casos negativos tienen una excepción: si usted era menor de edad cuando su progenitor re-adquirió la ciudadanía a usted SÍ le corresponde la cittadinanza aún cuando su progenitor no era italiano al usted nacer o ser reconocido, ya que usted era menor de edad cuando él la readquirió.

Casos positivos:
Los hijos y cónyuges de ciudadanos italianos pueden adquirir la nacionalidad italiana si al momento del nacimiento o del matrimonio respectivamente, el ciudadano italiano conservaba su ciudadanía Europea.

Los hijos de italianos (padre o madre) deben armar un expediente que contenga, partida de nacimiento del padre o de la madre italianos, certificado de matrimonio de los mismos, y partida de nacimiento del interesado. Si el padre que trasmite la nacionalidad es difunto el expediente debe incluir también acta de defunción.

El interesado también debe presentar su partida de matrimonio suya si es casado y de nacimiento de sus hijos (si los tuviera).

Si el padre o la madre que trasmite la nacionalidad se naturalizó, el interesado debe presentar gaceta oficial donde conste que la fecha de naturalización es posterior a la fecha de nacimiento de los hijos.

Todos estos documentos deben ser apostillados y traducidos por intérprete público oficial antes de ser presentados en el consulado.

El hombre casado con ciudadana italiana antes del 21 abril de 1983 no puede adquirir la nacionalidad, y la mujer casada con ciudadano italiano antes de esa fecha la adquiere automáticamente.

Para los matrimonios celebrados después de esa fecha el cónyuge extranjero (hombre o mujer) puede adquirir la nacionalidad luego de tres (3) años de matrimonio si no ha habido separación de hecho o de derecho.

El expediente a presentar para adquisición de la ciudadanía italiana consta de:
- Copia del extracto de matrimonio expedido por il comune di Italia
- Solicitud de adquisición de la ciudadanía redactada en italiano dirigida al Consulado (la podemos redactar por usted)
- Partida de nacimiento
- Certificado de residencia
- Copia autenticada del pasaporte
- Certificado de Buena Conducta, expedido por la prefectura de residencia

Todos estos documentos deben consignarse apostillados y traducidos por intérprete público miembro de la lista de intérpretes del consulado.

No confíe su futuro a cualquiera, tenga a un equipo experto y experimentado trabajando para usted.

A continuación alunos casos, si usted está comprendido dentro de alguno de ellos, por favor lea antes de escribirnos :

Caso uno: Soy hijo legítimo de italiano y mi padre tenía la nacionalidad cuando yo nací. O soy hijo legítimo de italiano y mi padre adquirió o recuperó la nacionalidad siendo yo menor de edad.

Debemos armar un expediente que contenga:

a) Acta de Matrimonio de tu padre. Si se casó en Venezuela, debemos apostilarla y traducirla. Si se casó en Italia se solicia in il Comune.
b) Estratto per Riassunto dell'Atto di Nascita de tu padre. Original expedido en el Comune di Italia.
c) Gaceta Oficial original (si se nacionalizó alguna vez)
d) Datos filiatorios (si nunca se nacionalizo)
e) Partida de Nacimiento de la segunda generación (tuya, y de tus hermanos interesados) . Debemos apostillarlas y traducirlas. Si son del interior y está en tus posibilidades solicitarla envíanos las firmadas por el registrador principal, no nos sirve firmadas sólo por el prefecto o jefe civil. Si necesitas que la solicitemos nosotros, debes indicarnos si son de Caracas, del Estado Miranda o del interior del país para hacerte el presupuesto, en estos casos debes enviarnos libro, acta y folio, o preferiblemente enviarnos una copia escaneada por este medio).

Si además tu padre es difunto necesitamos saber si murió siendo italiano o venezolano, para ambos casos necesitamos Acta de Defunción.

Tu presupuesto va a depender de cuál de los documentos arriba mencionados debemos solicitar, apostillar, traducir y consularizar nosotros, cuáles sólo apostillar, traducir y consularizar, cuáles sólo traducir y consularizar o cuáles consularizar solamente.

Caso dos: Soy hijo natural de italiano y mi padre nunca me reconoció.

No tienes derecho a raclamar la cittadinanza.

Caso tres: Soy hijo natural de italiano y mi padre me reconoció cuando yo era menor de edad

Lo mismo que en el caso uno, excepto el acta de matrimonio.
La partida de nacimiento debe mencionar el reconocimiento y ser una fotocopia del libro original autenticada por el registro principal,
Si el reconocimiento no está mencionado en la partida de nacimiento se necesita “Certficado de reconocimiento” expedido por el Registro Principal.

Caso cuatro: Soy hijo natural de italiano y mi padre me reconoció cuando yo tenía 18 años y aún no había cumplido 19.

Lo mismo que en el caso dos y tres, más “Declaración de Voluntad” hecha por ti en el consulado ANTES de cumplir los 19 años y declarando que deseas conservar la nacionalidad italiana, sin esta declaración pierdes la opción.

Para los casos uno a cuatro, responder el cuesionario que aparece al final de esta sección.

Caso cinco: Soy esposa de italiano y tengo más de tres años de casada con él.

Debemos preparar una carpeta que contenga:
1. Tu Partida de Nacimiento apostillada y traducida
2. Estratto per riassunto del matrimonio (se solicita en Italia)
3. Buena conducta tuya (esposa) apostillada y traducida
4. Residencia tuya (esposa) apostillada y traducida
5. Pasaporte venezolano tuyo (esposa) original y una copia de todas sus página incluyendo portada, contraportada y hojas vacías.
6. Carta redactada en italiano dirigida al ministro de justicia italiano solicitando la nacionalidad

Una vez que tengamos todos estos documentos procesados y en orden, te conseguimos la cita para una semana, deberás ir junto con tu esposo, irán con nuestra Experta en Cittadinanza Italiana quien los acompañará al Departamento de Cittadinanza y asesorará en todo momento.

Allí solicitaremos:
1. Certificado de cittadinanza de tu esposo
2. Declaración de acto notorio: es un documento que se redacta en el consulado donde declaran ambos cónyuges que siguen casados y no se han separado ni divorciado.
3. Documento de Estado de Familia

Una vez que en el Consulato (Cittadinanza) haya revisado el expediente, en el mismo momento nos dirán si falta algo, si todo está ok, sólo debes esperar un año y medio para que llegue el decreto del Ministro de Roma otorgando la nacionalidad.

Debes indicarnos cuál de los docuentos debemos nosotros solicitar, apostillar, traducir y/o consularizar para poder hacerte tu presupuesto

Caso seis Soy esposo de italana y me casé anes de 1983.

No tienes derecho a la cittadinanza.

Caso siete: Soy esposo de italiana y me casé después de 1983:

Lo mismo que en el caso cinco.

Caso ocho: Soy esposa de italiano y tengo menos de tres años de casada con él

Debes esperar tres años.

Caso nueve: Soy nieto de italiano y mi padre nunca reclamó la cittadinanza. Mi abuelo era italiano cuando mi padre nació.

Debes primero reclamar la cittadinanza de tu padre según corresponda al caso uno, tres o cuatro, luego de que el Ministerio del Interior y Justicia de Italia mando la resolución, puedes reclamar la tuya.

Otros cas os: consultar

Cuestionario para los caso s uno, tres y cuatro:

Envíanos cun correo a cittadinanza@cedenocarpio.com respondiendo las siguientes que siguen más abajo.

Ten un poco de paciencia, si alguna pregunta no corresponde a tu caso puedes obviarla, pero mientras más detalles nos suministres más precisa será la respuesa que te enviémos:

1.- Tu número de celular. Y cuál de los casos se corresponde más contigo 1, 3. ó 4.
2.- ¿Eres hijo legítimo o natural?
3.- Si respondiste "natural" a la pregunta 2 ¿tu papá te reconoció? ¿sí o no?
4.- Si respondiste "sí" a la pregunta 3 ¿Eras mayor o menor de edad cuando te reconocieron?
5.- ¿Se nacionalizó alguna vez tu padre?
6.- ¿Tienes gaceta oficial, datos filiatorios, matrimonio y nacimiento de tu papá? ¿Cuál de estos documentos nos vas a entregar y cuál debemos solicitar nosotros?
7.- Si hay que solicitar documentos en registros del interior del país ¿lo harás tú o nosotros? ¿en dónde?
8.- Si hay que solicitar documentos en comunes italianas ¿lo harás tú o nosotros? ¿en cuál comunes? ¿tienes la fecha y los nombres que aparecen en el documento que hay que buscar en Italia? ¿tienes alguna copia que puedas mandar escaneada?
9.- ¿Si eres hijo de matrimonio el de tus padres fue el primer matrimonio de él?
10.- Si la respuesta a la pregunta anterior es NO, necesitamos certificados de matrimonios y divorcios anteriores firmados todos por los registradores principales respectivos. Nos suministrarás tú dichos documentos o los tendremos que solicitar nosotros? Si lo haremos nosotros ¿tienes libro, acta, año y folio de cada documento? ¿En dónde tendremos que buscarlos?
11.- ¿Tu papá era italiano cuando naciste?
12.- Si eres hijo natural, tu papá era italiano cuando te reconoció?
13.- Si eres hijo reconocido ¿aparece tu reconocimiento como hijo en tu partida de nacimiento?
14.- Si eres hijo natural y respondiste que no a la pregunta 13 ¿Tienes el acta de reconocimiento firmada por el registrador?
15.- Hay errores en algunos de los nombres o apellidos en cualquiera de los documentos aquí mencionados?
16.- Si tu papá no era italiano cuando tú naciste (si eres hijo legítimo) o cuando te reconoció (si eres hijo natural) eras tú menor de edad cuando el adquirió o recobró la ciudadanía?
17.- Responde esta pregunta si eres hijo natural y tenías 18 años cuando tu papá te reconoció, ¿hiciste en el consulado la declaración de querer conservar la cittadinanza antes de cumplir los 19? ¿qué edad tienes?

18.- ¿Vive tu padre?, si la respuesta es no, ¿cuando murió era italiano o venezolano?

19.- Si tu padre no vive ¿tienes tú el acta de defunción o tenemos que solicitarla nosotros? en caso de que tengamos que solicitarla nosotros ¿en el Ditristo Capital, Estado Miranda o interior del país? especifica. ¿En caso de que tengamos que solicitarla nosotros, puedes suministrarnos una copia escaneada o al menos todos los datos para su ubicación?: fecha, folio, año, nombre, estado.